UNIVERSIDAD
POLITECNICA DE NICARAGUA
RECINTO REGIONAL RIVAS
NORMAS APLICADAS AL TRABAJO INICIAL
www.auditoriaupolirivas.blogsport.com
Lic. Armando Antonio Cerda Villarreal
Introducción
1. El
Comité Internacional de Prácticas de Auditoría ha sido autorizado a emitir
Normas Internacionales de Auditoría (NIAs). El propósito de este documento es
describir el marco de referencia dentro del cual se emiten las NIAs en relación
a los servicios que pueden ser desempeñados por los auditores.
2. Para
fácil referencia, excepto donde se indique, el término "auditor" se
usa a lo largo de las NIAs cuando se describe tanto la auditoría como los
servicios relacionados que pueden ser desempeñados. Tal referencia no tiene la
intención de implicar que una persona que desempeñe servicios relacionados
necesite ser el auditor de los estados financieros de la entidad.
NIA 200 Objetivo y principios generales que
gobiernan una auditoría de estados financieros
CONTENIDO
Párrafos
Introducción 1
Objetivo de una auditoría 2-3
Principios generales de una auditoría 4-6
Alcance de una auditoría 7
Certeza razonable 8-11
Responsabilidad por los estados financieros 12
Las Normas Internacionales sobre Auditoría (NIAs) se deben aplicar en la
auditoría de los estados financieros. Las NIAs también deben aplicarse,
adaptadas según sea necesario, a la auditoría de otra información y a
servicios relacionados. Las NIAs contienen los principios básicos y los
procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con los
lineamientos relativos en forma de material explicativo y de otro tipo. Los
principios básicos y los procedimientos esenciales deben interpretarse en el
contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos
para su aplicación. Para comprender y aplicar los principios básicos y los
procedimientos esenciales junto con los lineamientos relativos, es necesario
considerar el texto íntegro de la NIA incluyendo el material explicativo y de
otro tipo contenido en la NIA, y no sólo el texto resaltado en negro. En
circunstancias especiales, una auditor puede juzgar necesario apartarse de
una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría.
Cuando surge una situación así, el auditor deberá estar preparado para
justificar la desviación. Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asunto
sustanciales.
|
RESPONSABILIDADES
NIAS 200:
OBJETIVOS Y PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN UNA AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS
El propósito de esta Norma Internacional de Auditoria es
establecer Normas y dar lineamientos
sobre el objetivo y principios generales que rigen una auditoria de
estados financieros. Esta norma debera leerse con el marco de referencia de las
Normas Internacionales de Auditoria.
El Auditor
Deberá: 1. Conducir una Auditoria
de acuerdo a las Normas internacionales de Auditoria
2. Planear y
desempeñar con una actitud de escepticismo profesional reconocido que pueden
existir circunstancias que causen que los Estados Financieros estén
sustancialmente en forma errónea
Alcance de una Auditoria
Se refiere a los procedimientos de
auditoría considerados necesarios en las circunstancias para lograr el objetivo
de la auditoría.
Certeza
Razonable
Es el concepto
que se refiere a la acumulación de la evidencia de auditoría necesaria para que
el auditor concluya que no hay representaciones erróneas sustanciales en los
estados financieros tomados en forma integral.
Hay
limitaciones inherentes en una auditoría que afectan la capacidad del auditor
para detectar representaciones erróneas sustanciales, como:
¨
El uso de pruebas
¨
Las limitaciones inherentes de cualquier sistema de contabilidad y de
control interno (por ejemplo, la posibilidad de colusión)
¨
El hecho de que gran parte de la evidencia de auditoría sea más bien
persuasiva que concluyente
El trabajo
emprendido por el auditor para formar una opinión está influido por el
ejercicio de juicio, en particular respecto a:
v El
acopio de evidencia de auditoría, por ejemplo para decidir la naturaleza,
oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría; y
v La
extracción de conclusiones basadas en la evidencia de auditoría reunida, por
ejemplo, evaluar la razonabilidad de las estimaciones hechas por la
administración al preparar los estados financieros.
Existen otras
limitaciones que pueden afectar la persuasividad de las evidencias disponibles
para extraer conclusiones sobre aseveraciones particulares de los estados
financieros (por ejemplo, transacciones entre partes relacionadas). En estos
casos se hacen procedimientos especificados que proporcionarán suficiente
evidencia en ausencia de:
a.
circunstancias inusuales que aumentan el riesgo de representaciones erróneas
sustanciales más allá de lo que ordinariamente se espera; o
b. cualquier indicación de que ha
ocurrido una representación errónea sustancial.
Responsabilidad por los Estados Financieros
El auditor es
responsable de formar y expresar una opinión sobre los estados financieros, y
la responsabilidad de preparar y presentar los estados financieros es de la
administración de la entidad. La auditoría de los estados financieros no releva
a la administración de sus responsabilidades.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------
NIAS 210. TÉRMINOS DE LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA
El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer
normas y dar lineamientos sobre:
(a) el acuerdo de los términos del trabajo con el cliente; y
(b) la respuesta del auditor a una petición de
un cliente para cambiar los términos de un trabajo por otro que brinda un nivel
más bajo de certeza.
El auditor y el cliente deberán acordar
los términos del trabajo. Los
términos acordados con el cliente necesitarían ser consignados en una carta
compromiso de auditoría u otra forma apropiada de contrato.
Esta Norma Internacional de Auditoría pretende ayudar al auditor en la
preparación de cartas compromiso relativas a auditorías de estados financieros,
Los lineamientos son también aplicables a servicios relacionados. Cuando se ha
de prestar otros servicios como servicios de asesoría sobre impuestos,
contabilidad, o administración, puede ser apropiado emitir cartas por separado.
En algunos países, el
objetivo y alcance de una auditoría y las obligaciones del auditor son
establecidas por la ley. Aún en esas situaciones el auditor puede todavía
encontrar que las cartas compromiso son informativas para sus clientes.
Cartas Compromiso de Auditoría
Esta carta documenta y confirma la aceptación
del nombramiento por parte del auditor, el objetivo y alcance de la auditoría,
el grado de las responsabilidades del auditor hacia el cliente y la forma
de cualesquier informes. Debe enviarse antes de iniciar el trabajo
para evitar malos entendidos respecto del trabajo.
Contenido principal:
La forma y contenido de las
cartas compromiso pueden variar para cada cliente pero deben hacer siempre
referencia a:
v El objetivo de
la auditoría de estados financieros.
v Responsabilidad
de la administración por los estados financieros.
v El alcance de la
auditoría, incluyendo referencia a legislación aplicable, reglamentos o
pronunciamientos de organismos profesionales a los cuales se adhiere el
auditor.
v La forma de los
informes.
v El riesgo inevitable
de que aún algunas representaciones erróneas sustanciales puedan permanecer sin
ser descubiertas.
v Acceso sin
restricción a cualquier registro, documentación y otra información solicitada
en conexión con la auditoría.
Se puede también incluir:
¨ Arreglos
respecto e la planeación de la auditoría
¨
Expectativa de recibir de la administración una confirmación escrita referente
a las representaciones hechas en conexión con la auditoría
¨ Petición
al cliente de confirmar los términos del trabajo acusando recibo de la carta
compromiso.
¨
Descripción de cartas o informes que el auditor espera emitir para el cliente.
¨ Bases
sobre las que se calculan los honorarios y otros arreglos para facturación.
Cuando se considere importante, se pueden
señalar los siguientes puntos:
Ø Arreglos
concernientes a la contratación de otros auditores y expertos en algunos
aspectos de la auditoría.
Ø Arreglos
por hacer con el auditor predecesor, si lo hay, en el caso de una auditoría
inicial.
Ø Cualquier
restricción de la responsabilidad del auditor cuando exista tal posibilidad.
Ø Una
referencia a los acuerdos adicionales entre las partes.
Auditorías de Componentes
Si el auditor de una entidad
tenedora (o controladora) es también auditor de su subsidiaria, rama o división
(componente), los factores que deciden si hay que mandar una carta compromiso
por separado al componente, incluyen:
§
Quién nombra al auditor del componente.
Si debe emitirse un dictamen de auditoría sobre el componente por separado.
§
Requisitos legales.
§
El grado de cualquier trabajo desempeñado por otros auditores.
§
Proporción en que la tenedora es propietaria.
§
Grado de independencia de la administración del componente.
Aditorías Recurrentes
En estas auditorías, el auditor
deberá considerar si las circunstancias requieren que los términos del trabajo
sean revisados y si hay necesidad de recordarle al cliente los términos
existentes del trabajo.
El auditor decide si envía
una nueva carta compromiso cada periodo, los siguientes factores indican lo
apropiado que es el hacerlo:
q
Para evitar malentendidos de los objetivos y alcance de la auditoría por parte
del cliente.
q
Los términos del trabajo revisados o especiales.
q
Cualquier cambio en la alta gerencia, consejo de directores o propiedad.
q
Un cambio importante en la naturaleza o tamaño del negocio del cliente.
q
Requisitos legales.
Aceptación de
un Cambio en el Trabajo
Un auditor a quien se le
pide, antes de terminar su trabajo, que cambie el trabajo a uno que proporcione
un nivel más bajo de certeza, deberá considerar si es apropiado hacerlo.
Una petición de un cliente
para que el auditor cambie el trabajo puede ser el resultado de un cambio en
las circunstancias que afectan la necesidad del servicio, un malentendido o una
restricción sobre el alcance del trabajo, impuesta por la administración o
causada por las circunstancias. Se debe considerar cuidadosamente la razón dada
para la petición, particularmente las implicaciones de una restricción sobre el
alcance del trabajo.
Un cambio no sería
considerado razonable si mostrara que el cambio se refiere a información que es
incorrecta, incompleta o insatisfactoria.
Antes de convenir en cambiar un trabajo de
auditoría a un servicio relacionado, el auditor debe considerar cualquier
implicación legal o contractual del cambio.
Si el auditor concluye que la justificación es
razonable para cambiar el trabajo y que cumple con las NIAs aplicables al
trabajo cambiado, el dictamen emitido sería el apropiado para los términos
revisados del trabajo. Ese dictamen no incluirá referencia al trabajo original,
ni a los procedimientos desarrollados en él.
Donde los términos del trabajo son cambiados, el
auditor y el cliente deberán estar de acuerdo sobre los nuevos términos.
El auditor no deberá estar de acuerdo con un
cambio de trabajo donde no haya justificación razonable para hacerlo.
Si el auditor no puede estar de acuerdo con un
cambio de trabajo y no se le permite continuar el trabajo original, deberá
retirarse y considerar si hay alguna obligación contractual o de otro tipo, de
informar a otras partes, como el consejo de directores o de accionistas, las
circunstancias que hacen necesario su retiro.
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
NIAS 220.
CONTROL DE CALIDAD PARA EL TRABAJO DE AUDITORÍA
El propósito de esta Norma
Internacional de Auditoría es establecer normas y proporcionar
lineamientos sobre el control de calidad en cuanto a:
· políticas y
procedimientos de una firma de auditoría respecto del trabajo de auditoría en
general; y
· procedimientos
respecto del trabajo delegado a auxiliares en una auditoría particular.
Las políticas y procedimientos de
control de calidad deberán implementarse tanto al nivel de la firma de
auditoría como en las auditorías en particular.
Firma de Auditoría
La firma de
auditoría deberá implementar políticas y procedimientos de control de calidad
diseñados para asegurar que todas las auditorías son conducidas de acuerdo a
las NIAs o con normas o prácticas nacionales relevantes.
La naturaleza, tiempos y grado de
las políticas y procedimientos de control de calidad de una firma de
auditoría dependen de su tamaño y naturaleza de su práctica, su dispersión
geográfica, su organización y consideraciones sobre un apropiado
costo/beneficio.
Los objetivos
de las políticas de control de calidad que adopte una firma de auditoría deben
incorporar lo siguiente:
(a)
Requisitos profesionales. El personal de la firma observará los principios de
Independencia, Integridad, Objetividad, Confidencialidad y Conducta
Profesional.
(b)
Competencia y Habilidad. El personal debe tener estándares técnicos y
competencia profesional requeridos para cumplir con sus responsabilidades.
(c)
Asignación. Este trabajo debe ser asignado a personal que tenga cierto grado de
entrenamiento técnico y eficiencia requeridos para las circunstancias.
(d)
Delegación. Deberá haber dirección, supervisión y revisión del trabajo a todos
los niveles para proporcionar certeza razonable de que el trabajo efectuado
cumple con las normas de calidad adecuadas.
(e)
Consultas. Cada vez que sea necesario, se consultará dentro o fuera de la
firma, con aquellos que tengan la experiencia y conocimientos apropiados.
(f)
Aceptación y retención de clientes. Se debe realizar una evaluación de los
clientes prospecto y una revisión sobre una base de datos continua de los
clientes existentes y se considerará la capacidad e independencia de la firma
para dar servicio al cliente en forma apropiada y la integridad de la
administración del cliente.
(g)
Monitoreo. Deberá hacerse de manera continua y adecuada sobre la efectividad
operacional de las políticas y procedimientos de control de calidad.
Dirección
Ø
Los auxiliares a quienes se delega el trabajo necesitan la dirección
apropiada. Lo cual implica informar a los auxiliares de sus
responsabilidades y de los objetivos de los procedimientos que van a
desarrollar.
Ø
El programa de auditoría es una herramienta importante para la comunicación de
las instrucciones de auditoría
Supervisión
Ø
Está muy relacionada con la dirección y la revisión y puede implicar elementos
de ambas.
Ø
El personal que desempeña responsabilidades de supervisión desarrolla las
siguientes funciones durante la auditoría:
(a)
Monitorear el avance de la auditoría
(b)
Ser informados del direccionamiento de la auditoría
(c)
Resolver cualquier diferencia de juicio profesional entre el personal y
considerar el nivel de consulta que sea apropiado
Revisión
El trabajo desarrollado por cada
auxiliar necesita ser revisado, para considerar sí:
(a)
El trabajo ha sido desarrollado de acuerdo con el programa de auditoría
(b)
El trabajo desarrollado y los resultados obtenidos han sido adecuadamente
documentados
(c)
Todos los asuntos significativos de auditoría han sido resueltos o se reflejan
en conclusiones de auditoría
(d)
Los objetivos de los procedimientos de auditoría han sido logrados
(e)
Las conclusiones expresadas son consistentes con los resultados del trabajo
desempeñado y soportan la opinión de auditoría
Los puntos siguientes necesitan ser
revisados oportunamente:
(a)
El plan global de auditoría y el programa de auditoría
(b)
Las evaluaciones de los riesgos inherentes y de control, incluyendo los
resultados de pruebas de control y las modificaciones, si las hay, hechas al
plan global de auditoría y al programa de auditoría como resultado consecuente
(c)
La documentación de la evidencia de auditoría obtenida de los procedimientos
sustantivos y las conclusiones resultantes
(d)
Los estados financieros, los ajustes de auditoría propuestos y el dictamen
propuesto por el auditor
-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
NIAS 230.
DOCUMENTACIÓN
El propósito de esta Norma Internacional de
Auditoría es establecer normas y proporcionar lineamientos respecto de la
documentación en el contexto de la auditoría de estados financieros.
El auditor deberá
documentar los asuntos que son importantes para apoyar la opinión de auditoría
y dar evidencia de que la auditoría se llevó a cabo de acuerdo con las Normas
Internacionales de Auditoría
Los papeles de trabajo:
(a)
Auxilian en la planeación y desempeño de la auditoría
(b)
Auxilian en la supervisión y revisión del trabajo de auditoría
(c)
Registran la evidencia de auditoría resultante del trabajo de auditoría
desempeñado, para apoyar la opinión el auditor
Forma y contenido de los papeles de
trabajo
¨
Preparar papeles de trabajo que sean suficientemente completos y detallados
para proporcionar una comprensión global de la auditoría
El auditor deberá
¨
Registrar en los papeles de trabajo la planeación, la naturaleza, oportunidad y
el alcance de los procedimientos de auditoría desarrollados y por lo tanto los
resultados
La forma y el contenido de los papeles de
trabajo son afectados por asuntos como:
¨
La naturaleza del trabajo
¨
La forma del dictamen el auditor
¨
La naturaleza y complejidad del negocio
¨
La naturaleza y condición de los sistemas de contabilidad y control interno de
la entidad
¨
Las necesidades en las circunstancias particulares, de dirección, supervisión y
revisión del trabajo desempeñado por los auxiliares
¨
Metodología y tecnología de auditoría especificas usadas en el curso de la
auditoría
Los papeles de trabajo son diseñados y
organizados para cumplir con las circunstancias y las necesidades del auditor
para cada auditoría en particular.
Los papeles de trabajo regularmente incluyen:
¨
Información referente a la estructura organizacional
¨
Extractos o copias de documentos legales importantes
¨
Información concerniente a la industria y su entorno económico y legal.
¨
Evidencia del proceso de planeación incluyendo programas de auditoría, cambios
en sistemas de contabilidad y de control interno, evaluaciones de riesgos
inherentes y de control, consideraciones del trabajo de auditoría interna y las
conclusiones alcanzadas
¨
Análisis de transacciones y balances, de tendencias e índices importantes
¨
Evidencia del que el trabajo de los auxiliares fue revisado
¨
Indicación sobre quien desarrolló los procedimientos de auditoría y
cuando fueron desarrollados.
¨
Detalles de procedimientos aplicados a componentes auditados por otro auditor.
¨
Copias de las comunicaciones con otros auditores, expertos y terceros.
¨
Cartas de representación recibidas de la entidad
¨
Conclusiones alcanzadas por el auditor
¨
Copias de los estados financieros y dictamen del auditor.
Confidencialidad, salvarguarda,
retención y propiedad de los papeles de trabajo
El auditor deberá adoptar procedimientos
apropiados para mantener la confidencialidad y salvarguarda de los papeles de
trabajo y para su retención por un periodo suficiente para satisfacer las
necesidades de la práctica, de acuerdo con requisitos legales y profesionales
de retención de registros.
Los papeles de trabajo son propiedad del auditor.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
NIAS 240.
RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR DE CONSIDERAR EL FRAUDE Y ERROR EN UNA AUDITORÍA DE
ESTADOS FINANCIEROS
El propósito de esta Norma Internacional de
Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la
responsabilidad del Contador Público como (de aquí en adelante, el auditor)
auditor de considerar el fraude y error en una auditoría de estados
financieros. Si bien esta NIA se centra en las responsabilidades del
auditor con respecto al fraude y al error, la responsabilidad primordial para
la prevención y detección de fraude y error compete tanto a los encargados del
mando como a la administración de una entidad.
Al planear y llevar a cabo procedimientos de
auditoría y al evaluar e informar los resultados correspondientes, el auditor
deberá considerar el riesgo de representaciones erróneas de importancia
relativa en los estados financieros resultantes de fraude o error.
Fraude y
error. Características
Las representaciones erróneas en los estados
financieros pueden originarse en fraude o error.
El término “error” se refiere a equivocaciones
no intencionales en los estados financieros, incluyendo la omisión de una
cantidad o una revelación, tales como:
¨
Una equivocación al reunir o procesar datos con los cuales se preparan los
estados financieros
¨
Una estimación contable incorrecta que se origina por descuido o mala
interpretación de los hechos
¨
Una equivocación en los principios de contabilidad relativos a valuación,
reconocimiento, clasificación, presentación o revelación
El término “fraude” se refiere a un acto
intencional por parte de uno o más individuos de la administración, los
encargados de mando, empleados, o terceras partes, que impliquen el uso de
engaño para obtener una ventaja injusta o ilegal. Aunque el fraude es un
concepto legal amplio conciernen al auditor los actos fraudulentos que son
causa de una representación errónea en los estados financieros. La
representación errónea de los estados financieros puede no ser el objetivo de algunos
fraudes. Los auditores no hacen determinaciones legales de si el fraude
ha ocurrido realmente. El fraude que implica sólo a empleados de la
entidad es conocido como “fraude de empleado”. En cualquiera de los dos
casos puede haber colusión con terceras partes fuera de la entidad.
Responsabilidades de los encargados
del mando y de la administración.
Es responsabilidad de la administración de una
entidad establecer un ambiente de control y mantener políticas y procedimientos
para ayudar a lograr el objetivo de asegurar, tanto como sea posible, la
conducción ordenada y eficiente del negocio de la entidad. Esta responsabilidad
incluye poner en vigor y asegurar la operación continua de los sistemas de
contabilidad y de control interno diseñados para prevenir y detectar fraude y
error. Consecuentemente, la administración asume la responsabilidad de
cualquier riesgo remanente.
Responsabilidades del auditor.
¨
Limitaciones inherentes de una auditoría
¨
Escepticismo profesional
Discusiones de planeación.
Al planear la auditoría, el auditor deberá discutir con otros miembros del
equipo de auditoría la susceptibilidad de la entidad a representaciones
erróneas de importancia en los estados financieros resultantes de fraude o
error.
¨
Investigaciones con la administración.
Al planear la auditoría, el
auditor deberá hacer investigaciones con la administración:
(a) Para obtener una adecuada
comprensión de la evaluación de la administración del riesgo de que los estados
financieros puedan estar presentados en forma errónea significativamente, como
resultado de fraude.
(b) Para obtener conocimiento
de la comprensión de la administración respecto a los sistemas de contabilidad
y de control interno establecidos para prevenir y detectar errores.
(c) Para determinar si la
administración está al tanto de algún fraude conocido que haya afectado a la
entidad o presunto fraude que esté investigando la entidad.
(d) Para determinar si la
administración ha descubierto algún error de importancia.
¨
Discusiones con los encargados del mando
¨
Riesgo de auditoría
¨
Riesgo inherente y riesgo de control
¨
Riesgo de detección
Consideración de si una
representación errónea identificada puede ser indicativa de fraude
Cuando el auditor identifica una representación
errónea, el auditor deberá considerar si esta representación errónea puede ser
indicativa de fraude y, si hay dicha indicación, el auditor deberá considerar
los efectos de la representación errónea con relación a otros aspectos de la
auditoría, particularmente la confiabilidad de representaciones de la
administración.
Evaluación y disposición de
representaciones erróneas y el efecto en el dictamen del auditor
Cuando el auditor confirma que, o no puede
concluir si es que, los estados financieros están presentados en forma errónea
significativamente, como resultado de fraude o error, el auditor deberá
considerar las implicaciones para la auditoría. La NIA 320, “Importancia Relativa
de la Auditoría”,
proporciona lineamientos sobre la evaluación y disposición de las
representaciones erróneas y el efecto en el dictamen del auditor.
Documentación
El auditor deberá documentar los factores
de riesgo de fraude identificados como presentes durante el proceso de
evaluación del auditor y documentar la respuesta del auditor a cualquiera de
dichos factores. Si durante el desarrollo de la auditoría se identifican
factores de riesgo de fraude que causen que el auditor crea que ciertos
procedimientos de auditoría adicionales son necesarios, el auditor deberá
documentar la presencia e dichos factores de riesgo y su respuesta a ellos.
Representaciones de la
administración
El auditor deberá obtener representaciones por
escrito de la administración de que:
a. Reconoce su
responsabilidad de la puesta en marcha y operación de los sistemas de
contabilidad y de control interno diseñados para prevenir y detectar fraude y
error.
b. Cree que los
efectos de las representaciones erróneas sin corregir de los estados
financieros, acumuladas por el auditor durante la auditoría no afectan
significativamente, tanto en lo individual como en el total acumulado los
estados financieros tomados en conjunto. Deberá incluirse un resumen de
tales partidas en o acompañando a la representación escrita.
c. Ha revelado
al auditor todos los hechos importantes relativos a cualquier fraude o presunto
fraude conocidos por la administración que pueden haber afectado a la entidad.
d. Ha revelado
al auditor los resultados de su evaluación del riesgo de que los estados
financieros puedan estar presentados en forma errónea importante como resultado
de fraude.
Comunicación
Cuando el auditor identifica una
representación errónea resultante de fraude, o un presunto fraude y/o error,
deberá considerar la responsabilidad del auditor de comunicar esta información
a la administración, a los encargados del mando y, en algunas circunstancias, a
las autoridades de vigilancia y control de la entidad...
Comunicación de representaciones erróneas
resultantes de error a la administración y a los encargados del mando
Si el auditor ha identificado una representación errónea de
impacto importante resultante de error, deberá comunicarla al nivel apropiado
de administración en forma oportuna y, considerar la necesidad de
informarla a los encargados del mando de acuerdo con la NIA 260 “Comunicación de
asuntos de auditoría con los encargados del mando”.
El auditor deberá informar a los encargados del
mando el total de las representaciones erróneas no corregidas, detectadas por
el auditor durante la auditoría, las cuales la administración consideró que no
afectaban significativamente, tanto en lo individual como en su totalidad, los
estados financieros tomados en conjunto.
Comunicación de representaciones
erróneas resultantes de fraude a la administración y a los encargados del mando
Si el auditor ha:
a. Identificado
un fraude, sea o no que dé como resultado una representación errónea que afecta
significativamente los estados financieros; u
b. obtenido
evidencia que indique que puede existir fraude (aun sí el efecto potencial
sobre los estados financieros no es importante)
El auditor deberá comunicar estos asuntos al
nivel apropiado e administración en forma oportuna y considerar la necesidad de
informar estos asuntos a los encargados del mando de acuerdo con la NIA 260 “Comunicación de
asuntos de auditoría con los encargados del mando”.
Comunicación de
debilidades de importancia relativa en el control interno
El auditor deberá comunicar a la administración
cualquier debilidad de importancia relativa en el control interno, relacionada
con la prevención o detección de fraude o error, que haya llegado a la atención
del auditor en el transcurso de la auditoría.
Comunicaciones a las autoridades de
vigilancia y control
El deber profesional del auditor de mantener la
confidencialidad de información del cliente ordinariamente impide informar el
fraude y error a una parte fuera de la entidad del cliente; sin embargo, en
algunos países el deber de confidencialidad puede ser sobrepasado por
estatutos, leyes o juzgados.
Incapacidad del auditor de completar
el trabajo
Si el auditor concluye que no es posible seguir
desarrollando la auditoría como resultado de una representación errónea
resultante de fraude o presunto fraude, deberá:
a. Considerar
las responsabilidades profesionales y legales aplicables en las circunstancias,
incluyendo si hay un requisito de que el auditor informe a la persona o
personas que adquirieron el compromiso de auditoría o, en algunos casos, a las
autoridades de vigilancia y control.
b. Considerar
la posibilidad de retirarse del trabajo y discutir con el nivel apropiado
de la administración y con los encargados del mando el retiro del auditor del trabajo
y sus razones para el retiro.
c. Considerar
si hay un requisito profesional o legal de informar a la persona o personas que
adquirieron el compromiso de auditoría o, en algunos casos, a las autoridades
de vigilancia y control el retiro del auditor del trabajo y sus razones para
ello.
Comunicación con un auditor sucesor
propuesto
Como se estipula en el “Código de Ética para
Contadores Públicos” emitido por la Federación Internacional
de Contadores, al recibir el requerimiento por parte de un auditor sucesor
propuesto, el auditor actual deberá advertir si hay algunas razones
profesionales por las que el auditor sucesor propuesto no debería aceptar el
nombramiento. Si el cliente niega al auditor actual el permiso de
discutir sus asuntos con el auditor sucesor propuesto o limita lo que el
auditor actual pueda decir, dicho hecho deberá revelarse al auditor sucesor
propuesta
NIAS 250. CONSIDERACIÓN DE LEYES Y REGULACIONES EN UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS
Introducción
El propósito de esta Norma Internacional de
Auditoría es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la
responsabilidad del auditor de considerar las leyes y regulaciones en una
auditoría de estados financieros.
Cuando planea y desarrolla
procedimientos de auditoría y cuando evalúa y reporta los resultados
consecuentes, el auditor deberá reconocer que el incumplimiento por parte de la
entidad con leyes y regulaciones puede afectar substancialmente a los estados
financieros. Sin embargo, no puede
esperarse que una auditoría detecte incumplimiento con todas las leyes y
reglamentos. La detección de incumplimiento, sin considerar la importancia
relativa, requiere consideración de las implicaciones para la integridad de la
administración o empleados y el posible efecto en otros aspectos de la
auditoría.
Esta Norma Internacional de Auditoría aplica a las
auditorías de estados financieros y no aplica a otros trabajos en los que el
auditor se comprometa específicamente a poner a prueba y reportar por separado
sobre el cumplimiento con leyes o regulaciones específicas.
Responsabilidad de la administración
del cumplimiento con leyes y regulaciones
Es responsabilidad de la administración asegurar
que las operaciones de la entidad se conducen de acuerdo con las leyes y
regulaciones. La responsabilidad por la prevención y detención de
incumplimiento descansa en la administración.
Consideración del auditor del cumplimiento con leyes y regulaciones
El auditor no es, y no puede ser considerado,
responsable de prevenir el incumplimiento. El hecho de que se lleve a cabo una
auditoría anual puede, sin embargo, actuar como una fuerza disuasiva o freno.
Una auditoría está sujeta al inevitable riesgo de
que algunas manifestaciones erróneas que afecten significativamente los estados
financieros no sean detectadas, aún cuando la auditoría esté planeada y
desarrollada adecuadamente de acuerdo con las Normas Internacionales de
Auditoría. Este riesgo es más alto respecto de manifestaciones erróneas
importantes resultantes de incumplimiento con leyes y regulaciones debido a
factores como:
Ø Hay muchas
leyes y reglamentos, que se refieren principalmente a los aspectos de operación
de la entidad, que típicamente no tienen un efecto importante sobre los estados
financieros y no son capturadas por los sistemas de contabilidad y de control
interno.
Ø La
efectividad de los procedimientos de auditoría es afectada por las limitaciones
inherentes de los sistemas de contabilidad y de control interno por el uso de
comprobaciones.
Ø Mucha de la
evidencia obtenida por el auditor es de naturaleza persuasiva y no definitiva.
Ø El
incumplimiento puede implicar conducta que tiene la intención de ocultarlo,
como colusión, falsificación, falta deliberada de registro de transacciones, el
que la administración exceda los controles, o manifestaciones erróneas
intencionales hechas al auditor.
De acuerdo con la Norma Internacional
de Auditoría “Objetivo y Principios Generales que Rigen una Auditoría de
Estados Financieros “, el auditor deberá planear y desarrollar la auditoría con
una actitud de escepticismo profesional reconociendo que la auditoría puede
revelar condiciones o eventos que llevarían a preguntarse si una entidad está
cumpliendo con las leyes y reglamentos.
Para planear la auditoría, el auditor
deberá obtener una comprensión general del marco de referencia legal y
regulador aplicable a la entidad y la industria y cómo la entidad está
cumpliendo con dicho marco de referencia.
Después de obtener la comprensión
general, el auditor deberá desempeñar procedimientos para ayudar a identificar
casos de incumplimiento con aquellas leyes y regulaciones en donde debe
considerarse el incumplimiento al preparar los estados financieros,
específicamente:
- Averiguar con la
administración si la entidad está en cumplimiento con dichas leyes y
reglamentos.
- Inspeccionar
correspondencia con las principales autoridades que otorgan licencias o imponen
reglamentos.
Más aún, el auditor deberá obtener
evidencia suficiente y apropiada en la auditoría sobre el cumplimiento con
aquellas leyes y regulaciones que el auditor generalmente reconoce que tienen
un efecto sobre la determinación de montos importantes y revelaciones en los
estados financieros. El auditor debería tener una suficiente comprensión de
estas leyes y regulaciones para considerarlas cuando audita las afirmaciones
relacionadas con la determinación de montos que van a ser registrados y las
revelaciones que van a ser hechas.
El auditor deberá estar alerta al hecho
de que los procedimientos aplicados con el propósito de formarse una opinión
sobre los estados financieros pueden traer a la atención del auditor casos de
posible incumplimiento con leyes y regulaciones. Por
ejemplo, dichos procedimientos incluyen la lectura de minutas; averiguaciones
con la administración de la entidad y asesores legales respecto de litigios,
demandas y avalúos; y llevar a cabo pruebas sustantivas de detalles de
transacciones o balances.
El auditor debería obtener manifestaciones
escritas de que la administración ha revelado al auditor todos los
incumplimientos reales o posibles conocidos con las leyes y regulaciones cuyos
efectos deberían considerarse al preparar los estados financieros.
En ausencia de evidencia en contrario, el auditor
tiene derecho a asumir que la entidad está en cumplimiento con estas leyes y
regulaciones.
Procedimientos cuando se descubre
incumplimiento
Cuando el auditor se da cuenta de
información concerniente a un posible caso de incumplimiento, debería
obtener una comprensión de la naturaleza del acto y las circunstancias en las
que ha ocurrido, y otra información suficiente para evaluar el posible
efecto sobre los estados financieros.
Cuando el auditor cree que puede haber
incumplimiento, debería documentar los resultados y discutirlos con la
administración. La
documentación de resultados incluye copias de registros y documentos y la
elaboración de minutas de las conversaciones, si fuera apropiado.
Cuando no puede obtener información adecuada
sobre el incumplimiento sospechado, el auditor deberá considerar el efecto de
la falta de evidencia en la auditoría sobre el dictamen del auditor.
El auditor debería considerar las
implicaciones de incumplimiento en relación con otros aspectos de la auditoría,
particularmente la confiabilidad de las manifestaciones de la administración. A este respecto, el auditor reconsidera la
evaluación del riesgo y la validez de las manifestaciones de la administración,
en caso de incumplimiento no detectado por los controles internos o no incluido
en las representaciones de la administración. Las implicaciones de casos
particulares de incumplimiento descubiertos por el auditor dependerán de la
relación de la perpetración y ocultamiento, si los hay, del acto con los
procedimientos específicos de control y el nivel de la administración o
empleados involucrados.
Informe de Incumplimiento
A la administración
El auditor debería, tan pronto sea
factible, ya sea comunicarse con el comité de auditoría, el consejo de
directores y ejecutivos, y obtener evidencia de que están apropiadamente
informados, respecto del incumplimiento que llamó la atención del auditor. Sin embargo, el auditor no necesita hacerlo así
para asuntos que son insignificativos o triviales y puede llegar a un acuerdo
por adelantado sobre la naturaleza de los asuntos que deberán comunicarse.
Si a juicio del auditor se cree que el
incumplimiento es intencional e importante, el auditor debería comunicar el
resultado sin demora.
Si el auditor sospecha que miembros de
la administración, incluyendo miembros del consejo de directores, están
involucrados en el incumplimiento, el auditor deberá comunicar el asunto al
nivel superior inmediato de autoridad en la entidad, si existe, como un comité de
auditoría o junta directiva. Donde no exista autoridad más alta, o si el auditor
cree que puede no tomarse acción sobre el hecho o está inseguro sobre a cual
persona informarle, el auditor considerará buscar asesoría legal.
A los usuarios del dictamen del auditor
sobre los estados financieros
Si el auditor concluye que el
incumplimiento tiene un efecto sustancial sobre los estados financieros, y no
ha sido apropiadamente reflejado en los estados financieros, el auditor debería
expresar una opinión con salvedad o una opinión adversa.
Si el auditor es impedido por la
entidad de obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría para evaluar si
ha ocurrido o es probable que ocurra incumplimiento que afecte substancialmente
los estados financieros, el auditor debería expresar una opinión con salvedad o
una abstención de opinión sobre los estados financieros basado en una
limitación al alcance de la auditoría.
Si no le es posible al auditor
determinar si ha ocurrido incumplimiento a causa de las limitaciones impuestas
por las circunstancias y no por la entidad, el auditor deberá considerar el
efecto sobre el dictamen del auditor.
A las autoridades reguladoras y
ejecutorias
El deber de confidencialidad del auditor
normalmente le imposibilitaría reportar incumplimiento a una tercera parte, Sin
embargo, en algunas circunstancias, ese deber de confidencialidad es
sobrepasado por estatutos, la ley o por las cortes de justicia (por ejemplo, en
algunos países se requiere al auditor que reporte incumplimiento de las
instituciones financieras a las autoridades supervisoras). El auditor puede
necesitar buscar asesoría legal en tales circunstancias, dando debida
consideración a la responsabilidad del auditor hacia el interés público.
Retiro del trabajo
El auditor puede concluir
que el retiro del trabajo es necesario cuando la entidad no toma acciones
correctivas que el auditor considera necesarias en las circunstancias, aún
cuando el incumplimiento no afecte substancialmente los estados financieros.
Los factores que afectarían la conclusión del auditor incluyen las
implicaciones del involucramiento de la más alta autoridad dentro de la entidad
que pueden afectar la confiabilidad de las manifestaciones de la
administración, y los efectos sobre el auditor respecto de continuar la
asociación con la entidad. Para llegar a esta conclusión, el auditor
normalmente buscaría asesoría lega
----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
NIAS 260. COMUNICACIONES DE ASUNTOS DE AUDITORÍA
CON LOS ENCARGADOS DE MANDO
El
propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y
proporcionar lineamientos sobre la comunicación de asuntos de auditoria que surgen
de la auditoría de los estados financieros entre el auditor y los encargados
del mando de una entidad. Estas comunicaciones se refieren a asuntos de
auditoría de interés del mando según se define en esta NIA. Esta NIA no
proporciona lineamientos sobre comunicaciones de parte del auditor a partes
fuera de la entidad, por ejemplo, a las entidades de vigilancia y control.
El auditor deberá comunicar los asuntos de auditoría de interés del
mando que surjan de la auditoría de los estados financieros a aquellos
encargados del mando de una entidad.
Personas relevantes
El auditor deberá
determinar las personas relevantes que estén a cargo del mando y con quienes se
comunican los asuntos de auditoría de interés de mando
Asuntos de auditoría de interés del mando que han de comunicarse
El auditor deberá
considerar los asuntos de auditoría de interés del mando que surjan de la
auditoría de los estados financieros y comunicarlos a los encargados del mando
Oportunidad de las comunicaciones
El auditor deberá
comunicar oportunamente los asuntos de auditoría de interés del mando. Esto
hace posible a los encargados del mando tomar las acciones apropiadas.
Formas de
comunicaciones
Las comunicaciones del
auditor con los encargados del mando pueden hacerse en forma oral o por
escrito. La decisión del auditor de comunicar ya sea oralmente o por
escrito depende de factores tales como el tamaño, estructura de operaciones,
estructura legal y procesos de comunicación de la entidad que se audita, así
como de la naturaleza, sensibilidad e importancia de los asuntos de auditoría.
Otros asuntos
Confidencialidad
Leyes y reglamentos
No hay comentarios:
Publicar un comentario