miércoles, 15 de octubre de 2014

GUIA NIAS ETAPA INICIAL



UNIVERSIDAD POLITECNICA DE NICARAGUA
RECINTO REGIONAL RIVAS
 
NORMAS APLICADAS AL TRABAJO INICIAL
www.auditoriaupolirivas.blogsport.com
Lic. Armando Antonio Cerda Villarreal

Introducción
1. El Comité Internacional de Prácticas de Auditoría ha sido autorizado a emitir Normas Internacionales de Auditoría (NIAs). El propósito de este documento es describir el marco de referencia dentro del cual se emiten las NIAs en relación a los servicios que pueden ser desempeñados por los auditores.
2. Para fácil referencia, excepto donde se indique, el término "auditor" se usa a lo largo de las NIAs cuando se describe tanto la auditoría como los servicios relacionados que pueden ser desempeñados. Tal referencia no tiene la intención de implicar que una persona que desempeñe servicios relacionados necesite ser el auditor de los estados financieros de la entidad.
NIA 200 Objetivo y principios generales que gobiernan una auditoría de estados financieros
CONTENIDO
Párrafos
Introducción 1
Objetivo de una auditoría 2-3
Principios generales de una auditoría 4-6
Alcance de una auditoría 7
Certeza razonable 8-11
Responsabilidad por los estados financieros 12 Las Normas Internacionales sobre Auditoría (NIAs) se deben aplicar en la auditoría de los estados financieros. Las NIAs también deben aplicarse, adaptadas según sea necesario, a la auditoría de otra información y a servicios relacionados. Las NIAs contienen los principios básicos y los procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con los lineamientos relativos en forma de material explicativo y de otro tipo. Los principios básicos y los procedimientos esenciales deben interpretarse en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación. Para comprender y aplicar los principios básicos y los procedimientos esenciales junto con los lineamientos relativos, es necesario considerar el texto íntegro de la NIA incluyendo el material explicativo y de otro tipo contenido en la NIA, y no sólo el texto resaltado en negro. En circunstancias especiales, una auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando surge una situación así, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación. Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asunto sustanciales.

RESPONSABILIDADES

 NIAS 200: OBJETIVOS Y PRINCIPIOS GENERALES QUE RIGEN UNA AUDITORIA DE ESTADOS FINANCIEROS

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoria es establecer Normas y dar lineamientos  sobre el objetivo y principios generales que rigen una auditoria de estados financieros. Esta norma debera leerse con el marco de referencia de las Normas Internacionales de Auditoria.

El Auditor Deberá:       1. Conducir una Auditoria de acuerdo a las Normas internacionales de Auditoria  
                                       2. Planear y desempeñar con una actitud de escepticismo profesional reconocido que pueden existir circunstancias que causen que los Estados Financieros estén sustancialmente en forma errónea

Alcance de una Auditoria

Se refiere a los procedimientos de auditoría considerados necesarios en las circunstancias para lograr el objetivo de la auditoría.

Certeza Razonable

Es el concepto que se refiere a la acumulación de la evidencia de auditoría necesaria para que el auditor concluya que no hay representaciones erróneas sustanciales en los estados financieros tomados en forma integral.

Hay limitaciones inherentes en una auditoría que afectan la capacidad del auditor para detectar representaciones erróneas sustanciales, como:

¨       El uso de pruebas

¨       Las limitaciones inherentes de cualquier sistema de contabilidad y de control interno (por ejemplo, la posibilidad de colusión)

¨       El hecho de que gran parte de la evidencia de auditoría sea más bien persuasiva que concluyente

 El trabajo emprendido por el auditor para formar una opinión está influido por el ejercicio de juicio, en particular respecto a:
 v      El acopio de evidencia de auditoría, por ejemplo  para decidir la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría; y

v      La extracción de conclusiones basadas en la evidencia de auditoría reunida, por ejemplo, evaluar la razonabilidad de las estimaciones hechas por la administración al preparar los estados financieros.

Existen otras limitaciones que pueden afectar la persuasividad de las evidencias disponibles para extraer conclusiones sobre aseveraciones particulares de los estados financieros (por ejemplo, transacciones entre partes relacionadas). En estos casos se hacen procedimientos especificados que proporcionarán suficiente evidencia en ausencia de:

a. circunstancias inusuales que aumentan el riesgo de representaciones erróneas sustanciales más allá de lo que ordinariamente se espera; o
 
b. cualquier indicación de que ha ocurrido una representación errónea sustancial.
 Responsabilidad por los Estados Financieros

El auditor es responsable de formar y expresar una opinión sobre los estados financieros, y la responsabilidad de preparar y presentar los estados financieros es de la administración de la entidad. La auditoría de los estados financieros no releva a la administración de sus responsabilidades.

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 NIAS 210.  TÉRMINOS DE LOS TRABAJOS DE AUDITORÍA

 El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer normas y dar lineamientos sobre:
 (a) el acuerdo de los términos del trabajo con el cliente; y
 (b) la respuesta del auditor a una petición de un cliente para cambiar los términos de un trabajo por otro que brinda un nivel más bajo de certeza.

El auditor y el cliente deberán acordar los términos del trabajo. Los términos acordados con el cliente necesitarían ser consignados en una carta compromiso de auditoría u otra forma apropiada de contrato.

Esta Norma Internacional de Auditoría pretende ayudar al auditor en la preparación de cartas compromiso relativas a auditorías de estados financieros, Los lineamientos son también aplicables a servicios relacionados. Cuando se ha de prestar otros servicios como servicios de asesoría sobre impuestos, contabilidad, o administración, puede ser apropiado emitir cartas por separado.

En algunos países, el objetivo y alcance de una auditoría y las obligaciones del auditor son establecidas por la ley. Aún en esas situaciones el auditor puede todavía encontrar que las cartas compromiso son informativas para sus clientes.

 Cartas Compromiso de Auditoría

 Esta carta documenta y confirma la aceptación del nombramiento por parte del auditor, el objetivo y alcance de la auditoría, el grado de las responsabilidades del auditor hacia el cliente y la forma de  cualesquier  informes. Debe enviarse antes de iniciar el trabajo para evitar malos entendidos respecto del trabajo.
Contenido principal:

La forma y contenido de las cartas compromiso pueden variar para cada cliente pero deben hacer siempre referencia a:

v      El objetivo de la auditoría de estados financieros.
 v      Responsabilidad de la administración por los estados financieros.
 v      El alcance de la auditoría, incluyendo referencia a legislación aplicable, reglamentos o pronunciamientos de organismos profesionales a los cuales se adhiere el auditor.
 v      La forma de los informes.
 v      El riesgo inevitable de que aún algunas representaciones erróneas sustanciales puedan permanecer sin ser descubiertas.
 v      Acceso sin restricción a cualquier registro, documentación y otra información solicitada en conexión con la auditoría.

Se puede también incluir:

¨       Arreglos respecto e la planeación de la auditoría
 ¨       Expectativa de recibir de la administración una confirmación escrita referente a las representaciones hechas en conexión con la auditoría
 ¨       Petición al cliente de confirmar los términos del trabajo acusando recibo de la carta compromiso.
 ¨       Descripción de cartas o informes que el auditor espera emitir para el cliente.
 ¨       Bases sobre las que se calculan los honorarios y otros arreglos para facturación.
 Cuando se considere importante, se pueden señalar los siguientes puntos:

Ø       Arreglos concernientes a la contratación de otros auditores y expertos en algunos aspectos de la auditoría.

Ø       Arreglos por hacer con el auditor predecesor, si lo hay, en el caso de una auditoría inicial.
 Ø       Cualquier restricción de la responsabilidad del auditor cuando exista tal posibilidad.
 Ø       Una referencia a los acuerdos adicionales entre las partes.

 Auditorías de Componentes

 Si el auditor de una entidad tenedora (o controladora) es también auditor de su subsidiaria, rama o división (componente), los factores que deciden si hay que mandar una carta compromiso por separado al componente, incluyen:

§         Quién nombra al auditor del componente.
          Si debe emitirse un dictamen de auditoría sobre el componente por separado.
 §         Requisitos legales.
 §         El grado de cualquier trabajo desempeñado por otros auditores.
 §         Proporción en que la tenedora es propietaria.
 §         Grado de independencia de la administración del componente.

Aditorías Recurrentes

En estas auditorías, el auditor deberá considerar si las circunstancias requieren que los términos del trabajo sean revisados y si hay necesidad de recordarle al cliente los términos existentes del trabajo.

El auditor decide si envía una nueva carta compromiso cada periodo, los siguientes factores indican lo apropiado que es el hacerlo:
 q       Para evitar malentendidos de los objetivos y alcance de la auditoría por parte del cliente.
 q       Los términos del trabajo revisados o especiales.
 q       Cualquier cambio en la alta gerencia, consejo de directores o propiedad.
 q       Un cambio importante en la naturaleza o tamaño del negocio del cliente.
 q       Requisitos legales.

Aceptación de un Cambio en el Trabajo

Un auditor a quien se le pide, antes de terminar su trabajo, que cambie el trabajo a uno que proporcione un nivel más bajo de certeza, deberá considerar si es apropiado hacerlo.

Una petición de un cliente para que el auditor cambie el trabajo puede ser el resultado de un cambio en las circunstancias que afectan la necesidad del servicio, un malentendido o una restricción sobre el alcance del trabajo, impuesta por la administración o causada por las circunstancias. Se debe considerar cuidadosamente la razón dada para la petición, particularmente las implicaciones de una restricción sobre el alcance del trabajo.

Un cambio no sería considerado razonable si mostrara que el cambio se refiere a información que es incorrecta, incompleta o insatisfactoria.

Antes de convenir en cambiar un trabajo de auditoría a un servicio relacionado, el auditor debe considerar cualquier implicación legal o contractual del cambio.

Si el auditor concluye que la justificación es razonable para cambiar el trabajo y que cumple con las NIAs aplicables al trabajo cambiado, el dictamen emitido sería el apropiado para los términos revisados del trabajo. Ese dictamen no incluirá referencia al trabajo original, ni a los procedimientos desarrollados en él.

Donde los términos del trabajo son cambiados, el auditor y el cliente deberán estar de acuerdo sobre los nuevos términos.

El auditor no deberá estar de acuerdo con un cambio de trabajo donde no haya justificación razonable para hacerlo.

Si el auditor no puede estar de acuerdo con un cambio de trabajo y no se le permite continuar el trabajo original, deberá retirarse y considerar si hay alguna obligación contractual o de otro tipo, de informar a otras partes, como el consejo de directores o de accionistas, las circunstancias que hacen necesario su retiro.

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NIAS 220. CONTROL DE CALIDAD PARA EL TRABAJO DE AUDITORÍA

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría  es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre el control de calidad en cuanto a:

·       políticas y procedimientos de una firma de auditoría respecto del trabajo de auditoría en general; y
·       procedimientos respecto del trabajo delegado a auxiliares en una auditoría particular.

Las políticas y procedimientos de control de calidad deberán implementarse tanto al nivel de la firma de auditoría como en las auditorías en particular.

Firma de Auditoría

 La firma de auditoría deberá implementar políticas y procedimientos de control de calidad diseñados para asegurar que todas las auditorías son conducidas de acuerdo a las NIAs o con normas o prácticas nacionales relevantes.
La naturaleza, tiempos y grado de las políticas y procedimientos de control de calidad de una  firma de auditoría dependen de su tamaño y naturaleza de su práctica, su dispersión geográfica, su organización y consideraciones sobre un apropiado costo/beneficio.

Los objetivos de las políticas de control de calidad que adopte una firma de auditoría deben incorporar lo siguiente:

(a)    Requisitos profesionales. El personal de la firma observará los principios de Independencia, Integridad, Objetividad, Confidencialidad y Conducta Profesional.

(b)    Competencia y Habilidad. El personal debe tener estándares técnicos y competencia profesional requeridos para cumplir con sus responsabilidades.

(c)    Asignación. Este trabajo debe ser asignado a personal que tenga cierto grado de entrenamiento técnico y eficiencia requeridos para las circunstancias.

(d)    Delegación. Deberá haber dirección, supervisión y revisión del trabajo a todos los niveles para proporcionar certeza razonable de que el trabajo efectuado cumple con las normas de calidad adecuadas.

(e)    Consultas. Cada vez que sea necesario, se consultará dentro o fuera de la firma, con aquellos que tengan la experiencia y conocimientos apropiados.

(f)      Aceptación y retención de clientes. Se debe realizar una evaluación de los clientes prospecto y una revisión sobre una base de datos continua de los clientes existentes y se considerará la capacidad e independencia de la firma para dar servicio al cliente en forma apropiada y la integridad de la administración del cliente.

(g)    Monitoreo. Deberá hacerse de manera continua y adecuada sobre la efectividad operacional de las políticas y procedimientos de control de calidad.

Dirección

Ø       Los auxiliares a quienes se delega el trabajo necesitan la dirección apropiada.  Lo cual implica informar a los auxiliares de sus responsabilidades y de los objetivos de los procedimientos que van a desarrollar.
Ø       El programa de auditoría es una herramienta importante para la comunicación de las instrucciones de auditoría

Supervisión

Ø       Está muy relacionada con la dirección y la revisión y puede implicar elementos de ambas.
Ø       El personal que desempeña responsabilidades de supervisión desarrolla las siguientes funciones durante la auditoría:

(a)    Monitorear el avance de la auditoría
(b)    Ser informados del direccionamiento de la auditoría
(c)    Resolver cualquier diferencia de juicio profesional entre el personal y considerar el nivel de consulta que sea apropiado
 Revisión

El trabajo desarrollado por cada auxiliar necesita ser revisado, para considerar sí:

(a)    El trabajo ha sido desarrollado de acuerdo con el programa de auditoría
(b)    El trabajo desarrollado y los resultados obtenidos han sido adecuadamente documentados
(c)    Todos los asuntos significativos de auditoría han sido resueltos o se reflejan en conclusiones de auditoría
(d)    Los objetivos de los procedimientos de auditoría han sido logrados
(e)    Las conclusiones expresadas son consistentes con los resultados del trabajo desempeñado y soportan la opinión de auditoría   

Los puntos siguientes necesitan ser revisados oportunamente:

(a)    El plan global de auditoría y el programa de auditoría
(b)    Las evaluaciones de los riesgos inherentes y de control, incluyendo los resultados de pruebas de control y las modificaciones, si las hay, hechas al plan global de auditoría y al programa de auditoría como resultado consecuente
(c)    La documentación de la evidencia de auditoría obtenida de los procedimientos sustantivos y las conclusiones resultantes
(d)    Los estados financieros, los ajustes de auditoría propuestos y el dictamen propuesto por el auditor
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NIAS 230.  DOCUMENTACIÓN

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer normas y proporcionar lineamientos respecto de la documentación en el contexto de la auditoría de estados financieros.

El auditor deberá documentar los asuntos que son importantes para apoyar la opinión de auditoría y dar evidencia de que la auditoría se llevó a cabo de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría

Los papeles de trabajo:

(a)    Auxilian en la planeación y desempeño de la auditoría
(b)    Auxilian en la supervisión y revisión del trabajo de auditoría
(c)    Registran la evidencia de auditoría resultante del trabajo de auditoría desempeñado, para apoyar la opinión el auditor

Forma y contenido de los papeles de trabajo

¨       Preparar papeles de trabajo que sean suficientemente completos y detallados para proporcionar una comprensión global de la auditoría
El auditor deberá
¨       Registrar en los papeles de trabajo la planeación, la naturaleza, oportunidad y el alcance de los procedimientos de auditoría desarrollados y por lo tanto los resultados

La forma y el contenido de los papeles de trabajo son afectados por asuntos como:

¨       La naturaleza del trabajo
 ¨       La forma del dictamen el auditor
 ¨       La naturaleza y complejidad del negocio
 ¨       La naturaleza y condición de los sistemas de contabilidad y control interno de la entidad
 ¨       Las necesidades en las circunstancias particulares, de dirección, supervisión y revisión del trabajo desempeñado por los auxiliares
 ¨       Metodología y tecnología de auditoría especificas usadas en el curso de la auditoría

Los papeles de trabajo son diseñados y organizados para cumplir con las circunstancias y las necesidades del auditor para cada auditoría en particular.

Los papeles de trabajo regularmente incluyen:

¨       Información referente a la estructura organizacional
 ¨       Extractos o copias de documentos legales importantes
 ¨       Información concerniente a la industria y su entorno económico y legal.
 ¨       Evidencia del proceso de planeación incluyendo programas de auditoría, cambios en sistemas de contabilidad y de control interno, evaluaciones de riesgos inherentes y de control, consideraciones del trabajo de auditoría interna y las conclusiones alcanzadas

¨       Análisis de transacciones y balances, de tendencias e índices importantes
 ¨       Evidencia del que el trabajo de los auxiliares fue revisado
 ¨       Indicación  sobre quien desarrolló los procedimientos de auditoría y cuando fueron desarrollados.
 ¨       Detalles de procedimientos aplicados a componentes auditados por otro auditor.
 ¨       Copias de las comunicaciones con otros auditores, expertos y terceros.
 ¨       Cartas de representación recibidas de la entidad
 ¨       Conclusiones alcanzadas por el auditor
 ¨       Copias de los estados financieros y dictamen del auditor.

Confidencialidad, salvarguarda, retención y propiedad de los papeles de trabajo

El auditor deberá adoptar procedimientos apropiados para mantener la confidencialidad y salvarguarda de los papeles de trabajo y para su retención por un periodo suficiente para satisfacer las necesidades de la práctica, de acuerdo con requisitos legales y profesionales de retención de registros.

Los papeles de trabajo son propiedad del auditor.

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NIAS 240.  RESPONSABILIDAD DEL AUDITOR DE CONSIDERAR EL FRAUDE Y ERROR EN UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos  sobre la responsabilidad del Contador Público como (de aquí en adelante, el auditor) auditor de considerar el fraude y error en una auditoría de estados financieros.  Si bien esta NIA se centra en las responsabilidades del auditor con respecto al fraude y al error, la responsabilidad primordial para la prevención y detección de fraude y error compete tanto a los encargados del mando como a la administración de una entidad.

Al planear y llevar a cabo procedimientos de auditoría y al evaluar e informar los resultados correspondientes, el auditor deberá considerar el riesgo de representaciones erróneas de importancia relativa en los estados financieros resultantes de fraude o error.

Fraude y error.  Características

Las representaciones erróneas en los estados financieros pueden originarse en fraude o error.

El término “error” se refiere a equivocaciones no intencionales en los estados financieros, incluyendo la omisión de una cantidad o una revelación, tales como: 

¨       Una equivocación al reunir o procesar datos con los cuales se preparan los estados financieros
 ¨       Una estimación contable incorrecta que se origina por descuido o mala interpretación de los hechos
 ¨       Una equivocación en los principios de contabilidad relativos a valuación, reconocimiento, clasificación, presentación o revelación

El término “fraude” se refiere a un acto intencional por parte de uno o más individuos de la administración, los encargados de mando, empleados, o terceras partes, que impliquen el uso de engaño para obtener una ventaja injusta o ilegal. Aunque el fraude es un concepto legal amplio conciernen al auditor los actos fraudulentos que son causa de una representación errónea en los estados financieros.  La representación errónea de los estados financieros puede no ser el objetivo de algunos fraudes.  Los auditores no hacen determinaciones legales de si el fraude ha ocurrido realmente.  El fraude que implica sólo a empleados de la entidad es conocido como “fraude de empleado”.  En cualquiera de los dos casos puede haber colusión con terceras partes fuera de la entidad.

Responsabilidades de los encargados del mando y de la administración.

Es responsabilidad de la administración de una entidad establecer un ambiente de control y mantener políticas y procedimientos para ayudar a lograr el objetivo de asegurar, tanto como sea posible, la conducción ordenada y eficiente del negocio de la entidad. Esta responsabilidad incluye poner en vigor y asegurar la operación continua de los sistemas de contabilidad y de control interno diseñados para prevenir y detectar fraude y error. Consecuentemente, la administración asume la responsabilidad de cualquier riesgo remanente.

Responsabilidades del auditor.

¨       Limitaciones inherentes de una auditoría

¨       Escepticismo profesional
Discusiones de planeación. Al planear la auditoría, el auditor deberá discutir con otros miembros del equipo de auditoría la susceptibilidad de la entidad a representaciones erróneas de importancia en los estados financieros resultantes de fraude o error.

¨       Investigaciones con la administración.

Al planear la auditoría, el auditor deberá hacer investigaciones con la administración: 
(a)    Para obtener una adecuada comprensión de la evaluación de la administración del riesgo de que los estados financieros puedan estar presentados en forma errónea significativamente, como resultado de fraude.
(b)    Para obtener conocimiento de la comprensión de la administración respecto a los sistemas de contabilidad y de control interno establecidos para prevenir y detectar errores.
(c)    Para determinar si la administración está al tanto de algún fraude conocido que haya afectado a la entidad o presunto fraude que esté investigando la entidad.
(d)    Para determinar si la administración ha descubierto algún error de importancia.  

¨       Discusiones con los encargados del mando
 ¨       Riesgo de auditoría
 ¨       Riesgo inherente y riesgo de control
 ¨       Riesgo de detección

 Consideración de si una representación errónea identificada puede ser indicativa de fraude

Cuando el auditor identifica una representación errónea, el auditor deberá considerar si esta representación errónea puede ser indicativa de fraude y, si hay dicha indicación, el auditor deberá considerar los efectos de la representación errónea con relación a otros aspectos de la auditoría, particularmente la confiabilidad de representaciones de la administración.  

Evaluación y disposición de representaciones erróneas y el efecto en el dictamen del auditor
 Cuando el auditor confirma que, o no puede concluir si es que, los estados financieros están presentados en forma errónea significativamente, como resultado de fraude o error, el auditor deberá considerar las implicaciones para la auditoría.  La NIA 320, “Importancia Relativa de la Auditoría”, proporciona lineamientos sobre la evaluación y disposición de las representaciones erróneas y el efecto en el dictamen del auditor.

Documentación
 El auditor deberá documentar los factores de riesgo de fraude identificados como presentes durante el proceso de evaluación del auditor y documentar la respuesta del auditor a cualquiera de dichos factores.  Si durante el desarrollo de la auditoría se identifican factores de riesgo de fraude que causen que el auditor crea que ciertos procedimientos de auditoría adicionales son necesarios, el auditor deberá documentar la presencia e dichos factores de riesgo y su respuesta a ellos.

Representaciones de la administración
 El auditor deberá obtener representaciones por escrito de la administración de que:

a.   Reconoce su responsabilidad de la puesta en marcha y operación de los sistemas de contabilidad y de control interno diseñados para prevenir y detectar fraude y error.

b.   Cree que los efectos de las representaciones erróneas sin corregir de los estados financieros, acumuladas por el auditor durante la auditoría no afectan significativamente, tanto en lo individual como en el total acumulado  los estados financieros tomados en conjunto.  Deberá incluirse un resumen de tales partidas en o acompañando a la representación escrita.

c.   Ha revelado al auditor todos los hechos importantes relativos a cualquier fraude o presunto fraude conocidos por la administración que pueden haber afectado a la entidad.
d.   Ha revelado al auditor los resultados de su evaluación del riesgo de que los estados financieros puedan estar presentados en forma errónea importante como resultado de fraude.

Comunicación
 Cuando el auditor identifica una representación errónea resultante de fraude, o un presunto fraude y/o error, deberá considerar la responsabilidad del auditor de comunicar esta información a la administración, a los encargados del mando y, en algunas circunstancias, a las autoridades de vigilancia y control de la entidad...

Comunicación de representaciones erróneas resultantes de error a la administración y a los encargados del mando
 Si el auditor ha identificado una representación errónea de impacto importante resultante de error, deberá comunicarla al nivel apropiado de administración en forma oportuna y, considerar la necesidad  de informarla a los encargados del mando de acuerdo con la NIA 260 “Comunicación de asuntos de auditoría con los encargados del mando”.

El auditor deberá informar a los encargados del mando el total de las representaciones erróneas no corregidas, detectadas por el auditor durante la auditoría, las cuales la administración consideró que no afectaban significativamente, tanto en lo individual como en su totalidad, los estados financieros tomados en conjunto.

 
Comunicación de representaciones erróneas resultantes de fraude a la administración y a los encargados del mando

Si el auditor ha:

a.   Identificado un fraude, sea o no que dé como resultado una representación errónea que afecta significativamente los estados financieros; u

b.   obtenido evidencia que indique que puede existir fraude (aun sí el efecto potencial sobre los estados financieros no es importante)

El auditor deberá comunicar estos asuntos al nivel apropiado e administración en forma oportuna y considerar la necesidad de informar estos asuntos a los encargados del mando de acuerdo con la NIA 260 “Comunicación de asuntos de auditoría con los encargados del mando”.

Comunicación de debilidades de importancia relativa en el control interno

El auditor deberá comunicar a la administración cualquier debilidad de importancia relativa en el control interno, relacionada con la prevención o detección de fraude o error, que haya llegado a la atención del auditor en el transcurso de la auditoría.

Comunicaciones a las autoridades de vigilancia y control

El deber profesional del auditor de mantener la confidencialidad de información del cliente ordinariamente impide informar el fraude y error a una parte fuera de la entidad del cliente; sin embargo, en algunos países el deber de confidencialidad puede ser sobrepasado por estatutos, leyes o juzgados.
 
Incapacidad del auditor de completar el trabajo

Si el auditor concluye que no es posible seguir desarrollando la auditoría como resultado de una representación errónea resultante de fraude o presunto fraude, deberá:

a.   Considerar las responsabilidades profesionales y legales aplicables en las circunstancias, incluyendo si hay un requisito de que el auditor informe a la persona o personas que adquirieron el compromiso de auditoría o, en algunos casos, a las autoridades de vigilancia y control.

b.   Considerar la posibilidad de retirarse del trabajo y discutir  con el nivel apropiado de la administración y con los encargados del mando el retiro del auditor del trabajo y sus razones para el retiro.


c.   Considerar si hay un requisito profesional o legal de informar a la persona o personas que adquirieron el compromiso de auditoría o, en algunos casos, a las autoridades de vigilancia y control el retiro del auditor del trabajo y sus razones para ello.

Comunicación con un auditor sucesor propuesto

Como se estipula en el “Código de Ética para Contadores Públicos” emitido por la Federación Internacional de Contadores, al recibir el requerimiento por parte de un auditor sucesor propuesto, el auditor actual deberá advertir si hay algunas razones profesionales por las que el auditor sucesor propuesto no debería aceptar el nombramiento.  Si el cliente niega al auditor actual el permiso de discutir sus asuntos con el auditor sucesor propuesto o limita lo que el auditor actual pueda decir, dicho hecho deberá revelarse al auditor sucesor propuesta


NIAS 250.  CONSIDERACIÓN DE LEYES Y REGULACIONES EN UNA AUDITORÍA DE ESTADOS FINANCIEROS


Introducción

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la responsabilidad del auditor de considerar las leyes y regulaciones en una auditoría de estados financieros.

Cuando planea y desarrolla procedimientos de auditoría y cuando evalúa y reporta los resultados consecuentes, el auditor deberá reconocer que el incumplimiento por parte de la entidad con leyes y regulaciones puede afectar substancialmente a los estados financieros. Sin embargo, no puede esperarse que una auditoría detecte incumplimiento con todas las leyes y reglamentos. La detección de incumplimiento, sin considerar la importancia relativa, requiere consideración de las implicaciones para la integridad de la administración o empleados y el posible efecto en otros aspectos de la auditoría.

Esta Norma Internacional de Auditoría aplica a las auditorías de estados financieros y no aplica a otros trabajos en los que el auditor se comprometa específicamente a poner a prueba y reportar por separado sobre el cumplimiento con leyes o regulaciones específicas.

Responsabilidad de la administración del cumplimiento con leyes y regulaciones

Es responsabilidad de la administración asegurar que las operaciones de la entidad se conducen de acuerdo con las leyes y regulaciones. La responsabilidad por la prevención y detención de incumplimiento descansa en la administración.

Consideración del auditor del cumplimiento con leyes y regulaciones


El auditor no es, y no puede ser considerado, responsable de prevenir el incumplimiento. El hecho de que se lleve a cabo una auditoría anual puede, sin embargo, actuar como una fuerza disuasiva o freno.

Una auditoría está sujeta al inevitable riesgo de que algunas manifestaciones erróneas que afecten significativamente los estados financieros no sean detectadas, aún cuando la auditoría esté planeada y desarrollada adecuadamente de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría. Este riesgo es más alto respecto de manifestaciones erróneas importantes resultantes de incumplimiento con leyes y regulaciones debido a factores como:

Ø       Hay muchas leyes y reglamentos, que se refieren principalmente a los aspectos de operación de la entidad, que típicamente no tienen un efecto importante sobre los estados financieros y no son capturadas por los sistemas de contabilidad y de control interno.

Ø       La efectividad de los procedimientos de auditoría es afectada por las limitaciones inherentes de los sistemas de contabilidad y de control interno por el uso de comprobaciones.

Ø       Mucha de la evidencia obtenida por el auditor es de naturaleza persuasiva y no definitiva.

Ø       El incumplimiento puede implicar conducta que tiene la intención de ocultarlo, como colusión, falsificación, falta deliberada de registro de transacciones, el que la administración exceda los controles, o manifestaciones erróneas intencionales hechas al auditor.

De acuerdo con la Norma Internacional de Auditoría “Objetivo y Principios Generales que Rigen una Auditoría de Estados Financieros “, el auditor deberá planear y desarrollar la auditoría con una actitud de escepticismo profesional reconociendo que la auditoría puede revelar condiciones o eventos que llevarían a preguntarse si una entidad está cumpliendo con las leyes y reglamentos.

Para planear la auditoría, el auditor deberá obtener una comprensión general del marco de referencia legal y regulador aplicable a la entidad y la industria y cómo la entidad está cumpliendo con dicho marco de referencia.

Después de obtener la comprensión general, el auditor deberá desempeñar procedimientos para ayudar a identificar casos de incumplimiento con aquellas leyes y regulaciones en donde debe considerarse el incumplimiento al preparar los estados financieros, específicamente:

-   Averiguar con la administración si la entidad está en cumplimiento con dichas leyes y reglamentos.

-   Inspeccionar correspondencia con las principales autoridades que otorgan licencias o imponen reglamentos.

Más aún, el auditor deberá obtener evidencia suficiente y apropiada en la auditoría sobre el cumplimiento con aquellas leyes y regulaciones que el auditor generalmente reconoce que tienen un efecto sobre la determinación de montos importantes y revelaciones en los estados financieros. El auditor debería tener una suficiente comprensión de estas leyes y regulaciones para considerarlas cuando audita las afirmaciones relacionadas con la determinación de montos que van a ser registrados y las revelaciones que van a ser hechas.

El auditor deberá estar alerta al hecho de que los procedimientos aplicados con el propósito de formarse una opinión sobre los estados financieros pueden traer a la atención del auditor casos de posible incumplimiento con leyes y regulaciones. Por ejemplo, dichos procedimientos incluyen la lectura de minutas; averiguaciones con la administración de la entidad y asesores legales respecto de litigios, demandas y avalúos; y llevar a cabo pruebas sustantivas de detalles de transacciones o balances.

El auditor debería obtener manifestaciones escritas de que la administración ha revelado al auditor todos los incumplimientos reales o posibles conocidos con las leyes y regulaciones cuyos efectos deberían considerarse al preparar los estados financieros.

En ausencia de evidencia en contrario, el auditor tiene derecho a asumir que la entidad está en cumplimiento con estas leyes y regulaciones.

Procedimientos cuando se descubre incumplimiento

Cuando el auditor se da cuenta de información concerniente a un posible caso de incumplimiento,  debería obtener una comprensión de la naturaleza del acto y las circunstancias en las que ha ocurrido, y otra  información suficiente para evaluar el posible efecto sobre los estados financieros.

Cuando el auditor cree que puede haber incumplimiento, debería documentar los resultados y discutirlos con la administración. La documentación de resultados incluye copias de registros y documentos y la elaboración de minutas de las conversaciones, si fuera apropiado.

Cuando no puede obtener información adecuada sobre el incumplimiento sospechado, el auditor deberá considerar el efecto de la falta de evidencia en la auditoría sobre el dictamen del auditor.

El auditor debería considerar las implicaciones de incumplimiento en relación con otros aspectos de la auditoría, particularmente la confiabilidad de las manifestaciones de la administración. A este respecto, el auditor reconsidera la evaluación del riesgo y la validez de las manifestaciones de la administración, en caso de incumplimiento no detectado por los controles internos o no incluido en las representaciones de la administración. Las implicaciones de casos particulares de incumplimiento descubiertos por el auditor dependerán de la relación de la perpetración y ocultamiento, si los hay, del acto con los procedimientos específicos de control y el nivel de la administración o empleados involucrados.

 

Informe de Incumplimiento


A la administración

El auditor debería, tan pronto sea factible, ya sea comunicarse con el comité de auditoría, el consejo de directores y ejecutivos, y obtener evidencia de que están apropiadamente informados, respecto del incumplimiento que llamó la atención del auditor. Sin embargo, el auditor no necesita hacerlo así para asuntos que son insignificativos o triviales y puede llegar a un acuerdo por adelantado sobre la naturaleza de los asuntos que deberán comunicarse.

Si a juicio del auditor se cree que el incumplimiento es intencional e importante, el auditor debería comunicar el resultado sin demora.

Si el auditor sospecha que miembros de la administración, incluyendo miembros del consejo de directores, están involucrados en el incumplimiento, el auditor deberá comunicar el asunto al nivel superior inmediato de autoridad en la entidad, si existe, como un comité de auditoría o junta directiva. Donde no exista autoridad más alta, o si el auditor cree que puede no tomarse acción sobre el hecho o está inseguro sobre a cual persona informarle, el auditor considerará buscar asesoría legal.

A los usuarios del dictamen del auditor sobre los estados financieros

Si el auditor concluye que el incumplimiento tiene un efecto sustancial sobre los estados financieros, y no ha sido apropiadamente reflejado en los estados financieros, el auditor debería expresar una opinión con salvedad o una opinión adversa.

Si el auditor es impedido por la entidad de obtener suficiente evidencia apropiada de auditoría para evaluar si ha ocurrido o es probable que ocurra incumplimiento que afecte substancialmente los estados financieros, el auditor debería expresar una opinión con salvedad o una abstención de opinión sobre los estados financieros basado en una limitación al alcance de la auditoría.

Si no le es posible al auditor determinar si ha ocurrido incumplimiento a causa de las limitaciones impuestas por las circunstancias y no por la entidad, el auditor deberá considerar el efecto sobre el dictamen del auditor.

A las autoridades reguladoras y ejecutorias

El deber de confidencialidad del auditor normalmente le imposibilitaría reportar incumplimiento a una tercera parte, Sin embargo, en algunas circunstancias, ese deber de confidencialidad es sobrepasado por estatutos, la ley o por las cortes de justicia (por ejemplo, en algunos países se requiere al auditor que reporte incumplimiento de las instituciones financieras a las autoridades supervisoras). El auditor puede necesitar buscar asesoría legal en tales circunstancias, dando debida consideración a la responsabilidad del auditor hacia el interés público.

Retiro del trabajo


El auditor puede concluir que el retiro del trabajo es necesario cuando la entidad no toma acciones correctivas que el auditor considera necesarias en las circunstancias, aún cuando el incumplimiento no afecte substancialmente los estados financieros. Los factores que afectarían la conclusión del auditor incluyen las implicaciones del involucramiento de la más alta autoridad dentro de la entidad que pueden afectar la confiabilidad de las manifestaciones de la administración, y los efectos sobre el auditor respecto de continuar la asociación con la entidad. Para llegar a esta conclusión, el auditor normalmente buscaría asesoría lega

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NIAS 260.  COMUNICACIONES DE ASUNTOS DE AUDITORÍA
CON LOS ENCARGADOS DE MANDO

El propósito de esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) es establecer normas y proporcionar lineamientos sobre la comunicación de asuntos de auditoria que surgen de la auditoría de los estados financieros entre el auditor y los encargados del mando de una entidad.  Estas comunicaciones se refieren a asuntos de auditoría de interés del mando según se define en esta NIA.  Esta NIA no proporciona lineamientos sobre comunicaciones de parte del auditor a partes fuera de la entidad, por ejemplo, a las entidades de vigilancia y control.

El auditor deberá comunicar los asuntos de auditoría de interés del mando que surjan de la auditoría de los estados financieros a aquellos encargados del mando de una entidad.

Personas relevantes

El auditor deberá determinar las personas relevantes que estén a cargo del mando y con quienes se comunican los asuntos de auditoría de interés de mando

Asuntos de auditoría de interés del mando que han de comunicarse

El auditor deberá considerar los asuntos de auditoría de interés del mando que surjan de la auditoría de los estados financieros y comunicarlos a los encargados del mando

Oportunidad de las comunicaciones

El auditor deberá comunicar oportunamente los asuntos de auditoría de interés del mando. Esto hace posible a los encargados del mando tomar las acciones apropiadas.

Formas de comunicaciones

Las comunicaciones del auditor con los encargados del mando pueden hacerse en forma oral o por escrito. La decisión del auditor  de comunicar ya sea oralmente o por escrito depende de factores tales como el tamaño, estructura de operaciones, estructura legal y procesos de comunicación de la entidad que se audita, así como de la naturaleza, sensibilidad e importancia de los asuntos de auditoría.

Otros asuntos
 Confidencialidad
 Leyes y reglamentos

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